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"Cero Accidentes y Cero Enfermedades Ocupacionales". |
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SERVICIOS Contamos con programas preparados para estudiar su empresa y llevarla al nivel de Seguridad Integral ideal, buscando con ello la meta de cero accidentes y cero enfermedades ocupacionales.
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ASPECTOS RELEVANTES DE LA LOPCYMAT Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo
Gaceta Oficial Nº 38.236 del 26 de julio de 2005
Deberes de los empleadores y empleadoras:
Artículo 56.
Son deberes de los empleadores y
empleadoras, adoptar las medidas
necesarias para garantizar a los
trabajadores y trabajadoras
condiciones de salud, higiene,
seguridad y bienestar en el
trabajo, así como programas de
recreación, utilización del
tiempo libre, descanso y turismo
social e infraestructura para su
desarrollo en los términos
previstos en la presente Ley y
en los tratados internacionales
suscritos por la República, en
las disposiciones legales y
reglamentarias que se
establecieren, así como en los
contratos individuales de
trabajo y en las convenciones
colectivas. A tales efectos
deberán:
3.
Informar
por escrito a los trabajadores y
trabajadoras de los principios
de la prevención de las
condiciones inseguras o
insalubres, tanto al ingresar al
trabajo como al producirse un
cambio en el proceso laboral o
una modificación del puesto de
trabajo e instruirlos y
capacitarlos respecto a la
promoción de la salud y la
seguridad, la prevención de
accidentes y enfermedades
profesionales así como también
en lo que se refiere a uso de
dispositivos personales de
seguridad y protección.
4.
Informar por escrito a los
trabajadores y trabajadoras y al
Comité de Seguridad y Salud
Laboral delas condiciones
inseguras a las que están
expuestos los primeros, por la
acción de agentes físicos,
químicos, biológicos,
meteorológicos o a condiciones
disergonómicas o psicosociales
que puedan causar daño a la
salud, de acuerdo a los
criterios establecidos por el
Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad
Laborales.
5.
Abstenerse de realizar, por sí o
por sus representantes, toda
conducta ofensiva, maliciosa,
intimidatoria y de cualquier
acto que perjudique psicológica
o moralmente a los trabajadores
y trabajadoras, prevenir toda
situación de acoso por medio de
la degradación de las
condiciones y ambiente de
trabajo, violencia física o
psicológica, aislamiento o por
no proveer una ocupación
razonable al trabajador o la
trabajadora de acuerdo a sus
capacidades y antecedentes y
evitar la aplicación de
sanciones no claramente
justificadas o desproporcionadas
y una sistemática e
injustificada crítica contra el
trabajador o la trabajadora, o
su labor.
7.
Elaborar, con la participación
de los trabajadores y
trabajadoras, el Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo
de la empresa, las políticas y
compromisos y los reglamentos
internos relacionados con la
materia así como planificar y
organizar la producción de
acuerdo a esos programas,
políticas, compromisos y
reglamentos.
9.
Abstenerse
de toda discriminación contra
los aspirantes a obtener trabajo
o contra los trabajadores y
trabajadoras y, dentro de los
requerimientos de la actividad
productiva, respetar la libertad
de conciencia y expresión de los
trabajadores y trabajadoras.
10.
Tomar todas las medidas
adecuadas para asegurar la
privacidad de la correspondencia
y comunicaciones de los
trabajadores y trabajadoras y el
libre acceso a todos los datos e
informaciones referidos a su
persona.
11.
Notificar al Instituto Nacional
de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales, con carácter
obligatorio, las enfermedades
ocupacionales, los accidentes de
trabajo y cualesquiera otras
condiciones patológicas que
ocurrieren dentro del ámbito
laboral previsto por esta Ley y
su Reglamento y llevar un
registro de los mismos.
14.
Documentar las políticas y
principios adoptados en materia
de seguridad y salud en el
trabajo de acuerdo con lo
establecido en la presente Ley y
en la normativa que lo
desarrolle.
15.
Organizar y mantener los
Servicios de Seguridad y Salud
en el Trabajo previstos en esta
Ley.
Sanciones:
Algunos casos de multas por Incumplimiento de LOPCYMAT
Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2008 http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_834.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_845.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_847.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_855.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_899.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_903.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_907.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_923.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_927.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_931.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_948.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_949.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_955.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_964.html http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_971.html
Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2009 http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_109.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_114.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_113.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_125.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_132.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_143.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_143.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_155.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_164.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_171.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_181.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_192.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_214.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_196.html http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_249.html
Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2010 http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_416.html |


Trabajo
y su Reglamento, Ley Orgánica de
Prevención de Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo y su Reglamento,
Reglamento de las Condiciones de Higiene
y Seguridad en el Trabajo, entre otras
Leyes relacionadas, evitando a su
empresa las sanciones derivadas del
incumpliendo de la obligaciones y
requisitos exigidos por el Instituto
Nacional de Prevención Seguridad y Salud
Laborales, (INPSASEL). Nuestro servicio
se resume en desarrollar para su empresa
la 

