MISIÓN

Dar asesoría, asistencia técnica y capacitación a nuestras empresas clientes, con el mejor personal técnico especializado en las áreas de Medicina Preventiva, Higiene y Seguridad Industrial, Ergonomía y Psicología Ocupacional. Minimizando la ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales.

 

 
VISIÓN

Ser la empresa líder en la prestación de servicios y asesorías dentro del ámbito nacional, en los programas de prevención en medicina del trabajo, higiene y seguridad laboral con nuestro equipo multidisciplinario, técnico y humano calificado para el cumplimiento de la legislación laboral vigente, Ley Orgánica del Trabajo y su reglamento, Ley del Seguro Social, LOPCYMAT y su reglamento, y demás normas relacionadas con la materia laboral vigente.

 

 

TOTAL SAFETY CONSULTORES, C.A. Se crea a fin de ofrecer servicios de Consultoría, Asistencia Técnica y Capacitaciones en Salud Ocupacional, Medicina Preventiva y del Trabajo, Ergonomía, Higiene y Seguridad Industrial y Recreación, dándole fiel cumplimiento técnico y legal a su empresa en lo relacionado a la legislación en materia de Seguridad y Salud Laboral vigente, Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, Ley Orgánica de Prevención de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento, Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, entre otras Leyes relacionadas, evitando a su empresa las sanciones derivadas del incumpliendo de la obligaciones y requisitos exigidos por el Instituto Nacional de Prevención Seguridad y Salud Laborales, (INPSASEL). Nuestro servicio se resume en desarrollar para su empresa la Seguridad Integral, buscando con ello y con su colaboración la meta,

"Cero Accidentes y Cero Enfermedades Ocupacionales".

 

SERVICIOS

Contamos con programas preparados para estudiar su empresa y llevarla al nivel de Seguridad Integral ideal, buscando con ello la meta de cero accidentes y cero  enfermedades ocupacionales.

  • Programa de Seguridad y Salud Laboral.

  • Higiene Industrial.

  • Seguridad Industrial..

  • Medicina Ocupacional.

  • Ergonomía.

  • Riesgo Psicosocial.

  • Tiempo libre y recreación.

 

contacto@totalsafety.com.ve

eallen@totalsafety.com.ve

ASPECTOS RELEVANTES DE LA LOPCYMAT

Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo

Gaceta Oficial Nº 38.236 del  26 de julio de 2005

Objeto:

Garantizar a los trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestar en el ambiente de trabajo e incentivar programas para la recreación, uso del tiempo libre, descanso y turismo social.

Deberes de los empleadores y empleadoras:

Artículo 56. Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su desarrollo en los términos previstos en la presente Ley y en los tratados internacionales suscritos por la República, en las disposiciones legales y reglamentarias que se establecieren, así como en los contratos individuales de trabajo y en las convenciones colectivas. A tales efectos deberán:

3.  Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras de los principios de la prevención de las condiciones inseguras o insalubres, tanto al ingresar al trabajo como al producirse un cambio en el proceso laboral o una modificación del puesto de trabajo e instruirlos y capacitarlos respecto a la promoción de la salud y la seguridad, la prevención de accidentes y enfermedades profesionales así como también en lo que se refiere a uso de dispositivos personales de seguridad y protección.

4.   Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de Seguridad y Salud Laboral delas condiciones inseguras a las que están expuestos los primeros, por la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, meteorológicos o a condiciones disergonómicas o psicosociales que puedan causar daño a la salud, de acuerdo a los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

5.   Abstenerse de realizar, por sí o por sus representantes, toda conducta ofensiva, maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada crítica contra el trabajador o la trabajadora, o su labor.

7.   Elaborar, con la participación de los trabajadores y trabajadoras, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, las políticas y compromisos y los reglamentos internos relacionados con la materia así como planificar y organizar la producción de acuerdo a esos programas, políticas, compromisos y reglamentos.

9.  Abstenerse de toda discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo o contra los trabajadores y trabajadoras y, dentro de los requerimientos de la actividad productiva, respetar la libertad de conciencia y expresión de los trabajadores y trabajadoras.

10. Tomar todas las medidas adecuadas para asegurar la privacidad de la correspondencia y comunicaciones de los trabajadores y trabajadoras y el libre acceso a todos los datos e informaciones referidos a su persona.

11. Notificar al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, con carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo y cualesquiera otras condiciones patológicas que ocurrieren dentro del ámbito laboral previsto por esta Ley y su Reglamento y llevar un registro de los mismos.

14. Documentar las políticas y principios adoptados en materia de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en la normativa que lo desarrolle.

15. Organizar y mantener los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo previstos en esta Ley.

 

Sanciones:

 

 

Algunos casos de multas por Incumplimiento de LOPCYMAT

 

Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2008

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_834.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_845.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_847.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_855.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_899.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_903.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_907.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_923.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_927.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_931.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_948.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_949.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_955.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_964.html

http://www.inpsasel.gob.ve/paginas/noticia_971.html

  

Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2009

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_109.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_114.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_113.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_125.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_132.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_143.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_143.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_155.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_164.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_171.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_181.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_192.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_214.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_196.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_249.html

 

Algunos casos de multas o Incumplimiento de Lopcymat Año 2010

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_416.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_444.html

http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/Prensa_471.html

 

 

 

Total Safety - 2010